Contrato de trabajo en Chile: tipos, cláusulas clave y multas a evitar
El contrato de trabajo no es un formalismo: es tu primera línea de defensa frente a un reclamo laboral. Un contrato bien hecho define reglas claras y te protege; uno genérico o firmado tarde es una multa esperando ocurrir. Esto es lo esencial para 2026.
Plazo para firmarlo (y la multa por no hacerlo)
El contrato debe constar por escrito y firmarse dentro de 15 días desde la incorporación del trabajador (o 5 días si es por obra o faena, o de duración menor a 30 días). No tenerlo escrito en plazo se presume en favor del trabajador y expone a la empresa a multas de la Dirección del Trabajo. Es de los hallazgos más fáciles —y caros— en una fiscalización.
Tipos de contrato
Indefinido: el estándar; no tiene fecha de término y da más estabilidad y derechos.
Plazo fijo: con fecha de término. Máximo 1 año (2 años para gerentes o profesionales con título). Renovarlo dos veces o seguir prestando servicios lo transforma en indefinido.
Por obra o faena: dura lo que dura el proyecto. Debe describir bien la obra para no transformarse en indefinido.
Cláusulas obligatorias
Todo contrato debe incluir: individualización de las partes, fecha de ingreso, funciones (claras, para poder exigirlas), lugar de trabajo, jornada —hoy de hasta 42 horas semanales por la Ley 40 Horas—, remuneración y forma de pago. Cláusulas vagas en funciones o jornada son las que después se vuelven en contra de la empresa.
Errores que terminan en demanda
Usar una plantilla descargada sin adaptarla, no actualizar el contrato tras un cambio de funciones o sueldo (los anexos importan), pactar jornadas que incumplen la ley, y no llevar registro de asistencia. Cada uno es munición para un juicio laboral. Y al terminar la relación, todo conecta con un finiquito bien calculado.
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Revisar mis contratosInformación vigente a junio de 2026 conforme al Código del Trabajo. Artículo informativo, no constituye asesoría legal particular.